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Fuente: Mapuen 20/07/07

 

A sacarse la gorra  
La Armada Argentina, por intermedio del Teniente de Navío Carlos Diego Ravitti, procede a exponer su incompetencia para cumplir con las funciones encomendadas por el Poder Legislativo y el Ejecutivo Nacional.

Por intermedio de la ley 23.109 y sus modificatorias, los ex soldados conscriptos que participaron de las acciones bélicas en el conflicto de 1982, que padecieren secuelas psicofísicas debería someterse a Juntas de Reconocimiento Médico en el ámbitos civiles, ya que no quería exponerse a los ex soldados a someterse a juntas medicas militares.

En virtud de ello, se disponía que las Juntas de Reconocimiento Médico que funcionan en las Delegaciones Sanitarias Federales del Ministerio de Salud y Acción Social, fueran competentes para atender estas cuestiones-

Sin embargo, mediante una reglamentación amañada de la ley 23.109, que contradice el espíritu de la ley y del legislador, el Ministerio de Defensa logro que los Veteranos de Guerra deban someterse a los designios de las Juntas Médicas Militares.

Se da el caso de Ex soldados conscriptos que habiéndose sometido a chequeos y tratamientos médicos en establecimientos hospitalarios públicos, la Junta de Reconocimiento dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires determinó la existencia de una incapacidad MENTAL – PARCIAL – PERMANENTE con diagnóstico : TRASTORNO POR STRESS POST GUERRA.

A pesar de la existencia de dicha Junta Médica y el dictamen, la Armada Argentina somete nuevamente a los ex combatientes a otra Junta de Reconocimiento Médico a efectos de constatar que los dictámenes de las Juntas “Civiles” se ajusten a las patologías existentes y evitar que los médicos civiles “mientan".

Hasta aquí, con la incapacidad constatada y otorgado el certificado de incapacidad por parte del Estado Provincial. Pese a ello, la Armada Argentina desconoce todo y comienza todo otra vez. Dos años más de espera para que la Armada Argentina, convoque a "su” Junta Medica. Esta, en vez de dictaminar sobre el tema expuesto y probado, aparece con un nuevo procedimiento desconocido hasta ahora.

Este procedimiento consiste en convocar por Cédula Policial para que el el Ex Soldado Combatiente de Malvinas se apersone por ante la Comisaría de su zona y proceder a responder 25 preguntas ante el oficial sumariante de turno.

Entre las preguntas tan brillantemente elaboradas, por el Teniente de Navío Carlos Diego Ravitti, y repetidas a viva voz por el personal de la Comisaría podemos escuchar:
¿Qué día ingreso y que día se fue de baja de la Armada?, ¿Qué destinos tuvo y quienes fueron sus superiores?, ¿Si en la vida civil trabajó, de qué, cuanto ganaba?, ¿Indique si se comunicó al personal que iban a Malvinas? En Malvinas: ¿Donde estuvo?, ¿Participó de combates?, ¿Cómo era su estado de ánimo, antes durante y después de Malvinas? ¿Perteneció a la dotación estable? ¿Cuánto tiempo permaneció en la zona de conflicto? ¿Se le hizo escasear alimento y vestimenta? ¿Estuvo expuesto a inclemencias del tiempo y temperaturas extremas? ¿Su “opinión” sobre las causas de sus afecciones? ¿Cuánto gana usted en la actualidad?

Pretender someter a un interrogatorio de este tipo, en una Comisaría a un ex soldado combatiente de Malvinas, es una verdadera falta de respeto y consideración, por las razones que paso a exponer:

1.- Las preguntas relacionadas a la foja de servicios de cada ex combatiente están en poder de la Armada argentina, por lo que es improcedente preguntar cuestiones de las que conoce indudablemente sus respuestas.

2.- Las cuestiones relativas al combate, han sido debidamente documentada en cada una de las unidades militares, por lo que si se quiere determinar el grado de participación del ex soldado conscripto sometido a junta médica, solo debería requerir información a la unidad en la que presto servicio y por la cual la Armada Argentina expide el certificado de Veterano de Guerra cada vez que se lo solicita.

3.- No les parece un poco “estúpido “preguntarle a un mutilado ¿Por qué cree usted que esta mutilado? y al loco ¿porque esta loco?

4.- Por otro lado, se desprende del interrogatorio que la Armada Argentina, que pretenden que el ex combatiente emita opinión y/o se exprese en cuestiones que nada tienen que ver con los hechos que son objeto de la Junta Medica, como por ejemplo cuando pregunta: ¿Se le hizo escasear alimento y vestimenta?, ¿Estuvo expuesto a inclemencias del tiempo y temperaturas extremas?, ¿Su “opinión” sobre las causas de sus afecciones?, ¿Cuánto gana usted en la actualidad?

5.- Asimismo, las preguntas formuladas, develan que el secreto profesional QUE EXISTE sobre la historia médica, psicológica y psiquiátrica del ex combatiente de Malvinas, sometido a Junta Médica de la Armada Argentina ha sido violadas con total impunidad.

Por lo expuesto, estimado Teniente de Navío Carlos Diego Ravitti, en vez de abocarse a este tipo de procedimientos, sería oportuno que trabaje seriamente sobre el caso de la muerte del soldado conscripto Rito Portillo. Tal vez, investigara los otorgamientos de los subsidios determinados por la ley 22.674, y si le sobra tiempo, la inclusión indebida de personal dentro de la nómina de Veteranos de Guerra.

Recuerde que para este gobierno no existe la "obediencia debida", por lo que si un superior suyo, emite una orden indebida, usted no sólo tiene el derecho, sino el deber de objetarla. Sino, usted, termina siendo tan responsable como el que impartió y aprobó dicho cuestionario.

Jorge Vázquez
Grupo Mapuen

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