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05/12/08 |
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Beneficios y reconocmiento a excombatientes santafesinos | ||
En el día de ayer, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, promulgó una Ordenanza que beneficia a los 8 VGM dependientes de la Municipalidad en lo referido a la Jubilación Anticipada. Se suma a otros beneficios que se han otorgado a los excombatientes santafesinos... Reconocimiento a Veteranos de Malvinas de la ciudad de Santa
Fe En caso de vacantes en la administración Municipal, los veteranos de Malvinas tendrán prioridad Además, los trabajadores municipales que acrediten haber participado de la Guerra de Malvinas podrán acceder a una jubilación especial. A diferencia del proyecto vetado por el intendente meses atrás, la actual norma hace cargo al Municipio de los gastos de aportes jubilatorios y de lo que abone la Caja Municipal en concepto de dichos beneficios. A modo de requisitos para la obtención de dichos beneficios se establecieron los siguientes: haber cumplido 45 años de edad, acreditar 20 años de servicio computable y que la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de la Ciudad de Santa Fe sea caja otorgante del beneficio. Por otro lado, la norma indica que a los fines de que los agentes municipales puedan acceder al beneficio de jubilación especial optativa para ex combatientes de Malvinas, dichos municipios deberán adherir al presente régimen y no adeudar monto alguno por ningún concepto a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Ciudad de Santa Fe. A diferencia de la iniciativa vetada por el intendente, el proyecto sancionado anoche establece que será la Municipalidad de Santa Fe quien se hará cargo económicamente de los aportes de los ex combatientes y deberá reintegrar a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones lo que ésta abone en concepto las jubilaciones especiales. “La Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe integrará mensualmente en una cuenta especial los cargos aportes y contribuciones correspondientes a sus agentes que se acojan a la jubilación especial optativa para ex-combatientes de Malvinas. Asimismo, la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe reintegrará los montos que mensualmente abone la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones en concepto de pago de la jubilación prevista en la presente Ordenanza”, ordena la medida.
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