Se incluye
a hijos del beneficiario, sin límite de edad, en caso de muerte
del titular. Resta el voto en la Cámara de Diputados provincial...
Por Fernando Brosutti
En la sesión ordinaria del día jueves
20 de noviembre de 2014 de la Cámara de Senadores de la Provincia
de Santa Fe, bajo la presidencia del vicegobernador Jorge Henn, las
ausencias con aviso de los senadores justicialistas: José Baucero
(LGA-San Javier), Alberto Crossetti (LGA-Belgrano), Ricardo Kaufmann
(FV-Garay) y Eduardo Rosconi (JDP-Caseros), las barras colmadas de veteranos
de guerra, y las alocuciones de los senadores: Raúl Gramajo (JDP-9
de Julio), Felipe Michlig (UCR-FPCS-San Cristóbal), Alcides Calvo
(FV-Castellanos), Miguel Lifschitz (PS-FPCS-Rosario) y Danilo Capitani
(JDP-San Jerónimo), emotivas en todos los casos; e invirtiendo
el orden del día, sobre tablas y por unanimidad porque “ningún
legislador puso la más mínima objeción”,
compartiendo todos el reconocimiento a quienes “nos dieron una
lección de solidaridad y patriotismo en defensa de nuestra Nación”;
se aprobó el mensaje 4232 (expediente 28862 PE) enviado por el
Poder Ejecutivo el pasado 20 de mayo del presente año, por el
cual “se extiende el beneficio previsto en la Ley Nº 12.867,
denominado ‘Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de
Malvinas’, a los hijos de los beneficiarios de la misma, sin límite
de edad, en caso de muerte del titular”; comunicándose
la media sanción a la Cámara de Diputados de la Provincia
de Santa Fe para su estudio, consideración, pronto tratamiento
y sanción definitiva.
Se modifican los artículos 3º inciso c) y 4º de la
Ley Nº 12.867 (Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de
Malvinas) para hacer extensivo el beneficio establecido, en caso de
muerte del titular, a los hijos, sin límite de edad y, además,
permitir su participación en caso de concurrencia de beneficiarios:
el 50% si concurren los padres e hijos; el 50% si concurren la cónyuge
y/o conviviente supérstite e hijos; y el 33% (un tercio) si concurren
los progenitores, la cónyuge y/o conviviente según corresponda
e hijos; siempre en caso de muerte del titular. Si alguno de los concurrentes
falleciera o perdiera su estado de beneficiario, su parte se distribuirá
entre los restantes.
Se modifica, asimismo, el artículo 16º de la Ley Nº
12.867 (Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas)
para que, en el supuesto de producirse vacantes en la Administración
Pública Provincial y en caso de igualdad de condiciones y puntaje
obtenido en el concurso, tendrán prioridad para acceder a la
vacante producida: los Veteranos de Guerra de Malvinas. Se faculta al
Poder Ejecutivo a adecuar el sistema de ingreso a la Administración
Pública, a fin de otorgarles a los hijos de los Veteranos de
Guerra de Malvinas: preferencias que faciliten su ingreso, siempre que
se encuentre acreditada la idoneidad para el puesto; invitándose
a los Municipios y Comunas de la Provincia a adherir a estos postulados
y a adoptar, en consecuencia, las medidas tendientes a la efectiva aplicación
de los mismos en sus respectivos ámbitos.
La incorporación de la extensión de este beneficio, se
enmarca en el reconocimiento a aquellos jóvenes, hoy Veteranos
de Guerra, que participaron en la defensa de nuestra Nación y
nos dieron una lección de solidaridad y patriotismo; coincidieron
los senadores justicialistas y de la oposición entre sí,
en un todo de acuerdo con los fundamentos presentados por el gobernador
de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti, y el ministro de Gobierno
y Reforma del Estado, Rubén Galassi, en relación al mensaje
4232 (expediente 28862 PE) ingresado en fecha 20 de mayo de 2014, hace
seis meses, y aprobado por unanimidad y sobre tablas en la sesión
ordinaria del día jueves 20 de noviembre del presente año
de la Cámara de Senadores, comunicándose la media sanción
a la Cámara de Diputados para su pronto tratamiento y sanción
definitiva, no sin antes destacar que “como sociedad, como santafesinos
y como argentinos, recordar, respetar y reconocer la gesta de Malvinas
es seguir aportando a la construcción de la memoria colectiva,
honrando a nuestros caídos y a nuestros héroes; bregando
por sus derechos”. |
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