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12/12/2012

 

Fallo judicial reconoce a "movilizados" como Veteranos de Guerra

 

La Cámara Federal de Bahía Blanca, con opinión dividida, benefició a siete integrantes de la Armada que reclamaban el derecho, pese a no haber estado en las islas durante el conflicto...

Un nuevo fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca reconoció como Veteranos de Guerra de Malvinas a siete integrantes de la Armada Argentina que no pisaron las islas durante el desarrollo del conflicto bélico, sucedido en 1982.

La resolución, que despertó disidencia, al tiempo que entre los propios camaristas no hubo unanimidad, se suma a otros fallos del mismo tenor dictados en los últimos meses.
De esta manera se confirmó lo dispuesto en primera instancia y se condenó al Estado nacional a incluir a los demandantes como veteranos "del continente".
Fueron favorecidos Omar Angel Alvarez, Luciano Aversano, Eleuterio Flores, Rafael Eduardo Lucatini, Luis Alberto Molina, Ceferino Patricio Quiquinto y Adolfo Jorge Soto.

Votaron a favor de otorgar el beneficio los jueces Néstor Luis Montezanti y Angel Alberto Argañaraz, mientras que su colega Pablo Candisano Mera opinó en sentido contrario.

La medida ordenó abonarles la diferencia de la incorporación en el haber mensual del beneficio previsto por el decreto 1244/98, desde su entrada en vigencia hasta la que cada uno de los actores hubiera pasado a retiro, y por su parte abonar la pensión instituida por decreto 1357/04, en forma retroactiva a la entrada en vigencia del decreto 886/05.
El Estado apeló la decisión inicial, por entender que no había constancia de que los actores sean veteranos de guerra, ya que --a su criterio-- no participaron efectivamente en las acciones bélicas llevadas a cabo en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM): Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.

Se explicó en el recurso que todos participaron de tareas de reparación, mantenimiento, camuflaje de aviones y patrullajes y seguridad en Río Grande y Río Gallegos en la época del combate.
Candisano Mera entendió que los diplomas y medallas otorgados por el Congreso de la Nación no acreditan la condición de "Veterano de Guerra". Los mismos no sólo fueron entregados a quienes cumplieron funciones operativas en Malvinas, sino también en el continente.

Afirmó el magistrado que "el marco normativo que regula la cuestión se remonta a la pensión vitalicia de la ley 23.848",
instituida para los excombatientes que estuvieron destinados al Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y al Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 y que "entraron efectivamente en combate".

En ese sentido, enumeró una triple orden de requisitos: el temporal (entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982), el geográfico (TOM y TOAS) y el de acción (efectivo combate) y remarcó que este último aspecto no se acreditó en ninguno de los siete casos, con lo cual planteó rechazar el beneficio.
"Riesgo de combate". Sus pares Montezanti y Argañaraz argumentaron en dirección contraria y, por mayoría de opiniones, inclinaron la balanza a favor de los integrantes de la Armada.
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que la existencia de `riesgo de combate' está determinada por el ámbito geográfico de operación y que tal factor es determinante para la resolución del caso, habida cuenta de que es de ello que depende el cumplimiento tanto del requisito geográfico como el de acción y, en definitiva, el status de excombatiente", explicó Montezanti.

Opinó que la Base Aeronaval de Río Grande formó parte del TOAS "porque fue de ella de donde partió la mayor parte de las misiones aéreas de ataque dirigidas al TOM, con el consiguiente riesgo cierto de represalias por el enemigo (quien disponía de aeronaves, buques y artefactos de bombardeo aptos para llegar a ella)".
Montezanti agregó que incluso en esa terminal murió el piloto de un avión de cazabombardeo de la Armada, a poco de regresar de una misión desde Malvinas.
En consecuencia, consideró que Alvarez, Aversano, Flores, Lucatini, Molina, Quiquinto y Soto actuaron en la zona del conflicto armado, rechazó la apelación y confirmó la sentencia que los declaró veteranos.

Otras causas
La Cámara Federal bahiense votó en el mismo sentido al menos en otras tres causas resueltas este año (una en junio y dos en agosto). Se trata de los expedientes "Beltrán Héctor Eduardo y otros c/Estado Nacional", "Alomar José y otros" y "Sánchez Prudencio Félix c/E.N. Ministerio de Defensa".
(La Nueva Provincia).

 

 

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