El beneficio establecido
mediante ley 711 fue otorgado a seis veteranos de guerra de Malvinas
quienes realizaron los trámites correspondientes. En todos los
casos se hizo antes de la reforma establecida en la nueva ley 740 referente
a la forma del cálculo del haber.
USHUAIA.- El IPAUSS otorgó las primeras jubilaciones a seis
veteranos de guerra de Malvinas, las cuales fueron establecidas mediante
la ley provincial 711 como un acto de reconocimiento a quienes hace
25 años participaron de la histórica gesta.
Hugo José Paiva, José Luis Peñalva Huanuco, Mario
Alfredo Carballido, Mario Luis Riquelme, Dante Antonio Asili y Carlos
Alberto Bonetti son los excombatientes los cuales accedieron al beneficio
otorgado por el IPAUSS.
La jubilación asignada quedará condicionada «a la
presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación
de su renuncia a todos los cargos en relación de dependencia
que se hallen desempeñando, salvo docencia e investigación
a nivel universitario», según lo que exige la ley.
Cabe resaltar que estos primeros beneficios se otorgaron antes de promulgarse
la reforma a la ley 711, en lo que se refiere al cálculo del
haber jubilatorio.
Así, de acuerdo a la redacción original, la jubilación
será equivalente el 82% móvil del promedio actualizado
de los 84 sueldos cobrados antes de la renuncia al cargo que ocupa.
En caso de no alcanzar los aportes de quince años como mínimo
al IPAUSS, los beneficiarios deberán efectuar los aportes correspondientes
al haber pleno hasta el momento en que se haya cumplido con esa exigencia.
La ley 740, recientemente promulgada por el Poder Ejecutivo, establece
que el haber jubilatorio para los excombatientes es el equivalente al
82% móvil del promedio actualizado de los 24 mejores sueldos
cobrados del período de siete años inmediatos anteriores
al cese de la función.
OTRO CALCULO
A partir de la ley 740, que fue promulgada recientemente, a los veteranos
de guerra de Malvinas se les computará de otra manera los meses
de servicio y aportes para poder acceder al beneficio. De esta forma,
las seis jubilaciones que ya se otorgaron con lo que indicaba la ley
711 podrían quedar sujetas a un recálculo de manera que
no exista diferenciación entre un beneficiario y otro. |
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