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Envía esta noticia a un amigo | 13/07/2010 |
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Retiran subsidio a falso excombatiente | |||||
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Ciudad de Bs As. Se comprobó que no había estado ni cerca del conflicto bélico. En enero de 2009 dejó de cobrar un subsidio que percibía desde 1984 como empleado municipal y había reclamado se le reintegrase... (DyN).- La Justicia de la ciudad de Buenos Aires avaló la decisión del gobierno porteño de dejar de pagarle un subsidio a un supuesto ex combatiente de Malvinas porque se comprobó no había estado ni cerca del conflicto bélico. La jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario Gabriela Seijas rechazó el reclamo de Claudio Luis Delgado, quien inició una acción de amparo contra el gobierno de Mauricio Macri porque en enero de 2009 dejó de cobrar un subsidio que percibía desde 1984 como empleado municipal. Delgado recibía el pago "por haber sido destinado, como soldado reservista a participar en la guerra del Atlántico Sur", pues según relató "ingresó al servicio militar obligatorio el 10 de abril de 1980 y fue dado de baja el 15 de mayo de 1981". "El 3 de mayo de 1982 fue convocado en carácter de reservista al conflicto bélico y permaneció acuartelado en el Grupo de Artillería Mecanizada I Brigadier General Iriarte, de Ciudadela, provincia de Buenos Aires", acotó. Sin embargo, la administración porteña canceló el subsidio argumentando que "el actor, sin haber intervenido en la lucha desatada por la recuperación de las Islas Malvinas, gozó de un beneficio propio para los veteranos de guerra". "No ha sido incluido en registro alguno de ex-combatientes de Malvinas. La Dirección de Personal del Ejército Argentino informó que no obran antecedentes que avalen que Delgado fuera convocado, que revistó o estuvo acuartelado en el de Grupo Artillería Mecanizado 1 durante el Conflicto de la Islas Malvinas", reseña el fallo. La alegación por parte de Delgado "llevó a la Administración a liquidar un subsidio que legalmente no le corresponde", añade. La jueza consideró que "Delgado tuvo conocimiento del vicio desde el momento en que comenzó a percibir el beneficio, circunstancia que obligó a la Administración a impedir la subsistencia del acto irregular". |
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