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13/05/2009 |
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Ya es ley la pensión en Provincia de Bs As que incluye a todos los Veteranos de Guerra | |||||
El Boletín Oficial de la Provincia, publica las modificaciones de los artículos que permiten que los civiles, suboficiales y oficiales Veteranos de Guerra, puedan percibir la pensión que hasta ahora, era exclusiva a exconscriptos... LEY 13.980 “ARTICULO 1°: Créase el Beneficio denominado “Pensión
Honorífica de la Provincia de Buenos Aires en reconocimiento
de los ex combatientes del Conflicto Bélico de las Islas Malvinas”,
con carácter mensual y vitalicia, para soldados ex combatientes
de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, que hayan participado en las
acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de
junio de 1982 en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.)
o aquéllos que hubieren entrado efectivamente en combate en el
área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S),
y en el crucero ARA “General Belgrano” y civiles que cumplieron
funciones en los lugares donde se desarrollaron las mismas. ARTICULO 3°: Cuando se tratare de ex soldados conscriptos combatientes,
civiles, oficiales o suboficiales en situación de retiro o baja
de las Fuerzas Armadas o de Seguridad fallecidos, tendrán derecho
al beneficio los derechohabientes, entendiéndose por tales: ARTICULO 11: El beneficio creado por intermedio de la presente Ley se denominará “Pensión Honorífica de la Provincia de Buenos Aires en reconocimiento de los ex combatientes del Conflicto Bélico Islas Malvinas”, debiendo consignarse en esa forma en solicitudes, recibos y credenciales”. ARTICULO 2°:Comuníquese al Poder Ejecutivo. La Plata, 8 de abril de 2009. REGISTRADA bajo el número TRECE MIL NOVECIENTOS OCHENTA (13.980) |
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