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28/09/07

 

La Justicia Electoral rechazó impugnaciones y habilitó la candidatura de Daniel Scioli  

La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires rechazó hoy las impugnaciones presentadas contra la candidatura a gobernador de Daniel Scioli. Siempre existen las manipulaicones y cada uno interpreta las leyes como mejor les gusta... El artículo de la Constitución bonaerense es claro: se deben de tener 5 años de residencia sin interrupciones, al momento de presentar la candidatura, y Scioli no los cumple...

En la resolución, que fue adoptada por unanimidad, la Junta desestimó las presentaciones en contra Scioli que habían presentados los postulantes a gobernador bonaerense, Luis Patti, Ricardo Alfonsín y Jorge Sarghini y consideró que reúne los requisitos para ser candidato.
Las impugnaciones señalaban como punto en común que Scioli no cumplía con los recaudos fijados por el artículo 121, inciso 3´ de la Constitución provincial, que exige a aquellas personas que no han nacido en la Provincia de Buenos Aires acreditar cinco años de domicilio con ejercicio no interrumpido de la ciudadanía.

La Junta precisó que con la partida de nacimiento de Scioli "queda evidenciado el cumplimiento de las condiciones que establecen los incisos 1 y 2 del artículo 121" de la Constitución bonaerense, "porque ha nacido en la República Argentina y posee la edad requerida (ha nacido en el año 1957)".

Agrega que el candidato "observa el requisito relativo al domicilio en la Provincia por un lapso mayor a cinco años impuesto por inciso 3 del artículo 121", toda vez que Scioli vivió en la localidad de Ramos Mejía "desde el año 1963, y se enroló el día 27 de enero de 1975", según la documentación presentada.

Además, según "una información sumaria aunada a unas constancias documentales, permaneció residiendo allí hasta el año 1983 en que realizó el cambio de domicilio a la ciudad de Buenos Aires, hasta que en el año 2006 volvió a domiciliarse en la Provincia de Buenos Aires (ciudad de Tigre)", expresó el tribunal.

Por otra parte, y sobre la base de distintos considerandos y lo establecido en el título IV de la ley 346, la Junta consideró que "debe entenderse al ejercicio de la ciudadanía con un alcance más amplio que el de ejercicio exclusivo de los derechos políticos". En tal sentido, expresó que "ciudadanía en ejercicio es un concepto vinculado a la condición de ciudadano, ergo de 'argentino', ya que el primero de ellos sostiene que para ser diputado se requiere '...cuatro años de ciudadanía en ejercicio ...'", en tanto que el segundo dice que para ser senador es condición "...haber sido seis años ciudadano de la Nación...' destacándose en ambos casos la autonomía de este recaudo".

La Junta Electoral sostuvo que la Constitución bonaerense, al establecer los requisitos para ser elegido en las distintas categorías de cargos públicos, se refiere a "ciudadanía natural en ejercicio o legal después de cinco años de obtenida".
En tal sentido, debe "entenderse que alude a la antig?edad en la ciudadanía para los argentinos por opción y para los argentinos naturalizados, ya que los argentinos nativos son ciudadanos desde su nacimiento", según los artículos 71, 76, y 191.
Por esas razones, el tribunal expresó que "corresponde oficializar la candidatura cuestionada y por las razones expuestas desestimar las impugnaciones que en torno a ella fueron deducidas".

La candidatura de Scioli había sido cuestionada por los dirigentes opositores, ya que Scioli no tiene -y eso se sabe- los 5 años de residencia en el distrito que establece como condición para ser candidato las leyes electorales bonaerenses.

Sobre el tema, la propia secretaria electoral nacional de la provincia de Buenos Aires, María de Belén Vergara, ante una requisitoria del juez federal Manuel Blanco, ratificó que Scioli había cambiado su domicilio a la provincia el 20 de diciembre pasado de 2006. Fue exactamente 8 días después que el presidente Kirchner lo propusiera como candidato a gobernador por el oficialismo en la provincia.

El radicalismo fue el primero que presentó una impugnación contra la postulación del vicepresidente para el 2007 por considerar que no cumplía con los requisitos establecidos en la Constitución provincial, para que pueda ser considerado ciudadano de la provincia de Buenos Aires.

La presentación realizada por el presidente del Comité Nacional, Gerardo Morales, y por su par bonaerense, Carlos Gorosito, pedía a la Justicia Federal que informara si Scioli cumple con los requisitos constitucionales para aspirar al cargo en el 2007.

En virtud de este reclamo el juez Blanco dio inicio formal al trámite y solicitó información a la justicia electoral bonaerense, aunque sin que esto implicara un pronunciamiento judicial sobre la cuestión de fondo. De Vergara respondió a esa solicitud del magistrado con un texto, en el que se señala que "a la fecha (por diciembre)" Scioli "no se encontraba inscripto en el Registro de Electores" bonaerenses.

Luego agregaba que el día 27 de diciembre recibió de la Secretaría Electoral de Capital Federal un formulario y un testimonio de baja de Scioli, "del que surge un cambio de domicilio a la provincia de Buenos Aires efectuado el 20-12-06 a la calle Belgrano 4585 de la localidad de Benavidez, Tigre".

"Queda claro que si se habilita a Scioli como candidato a gobernador se está violando la constitución provincial", había opinado Morales al conocer esa afirmación judicial.

 

 

 

 

 

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