21/07/2009 |
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Depredación pesquera: los nombres de los corruptos y el silencio de los inocentes | ||||||
DEPREDACIÓN
PESQUERA, ¿LOS LEGISLADORES NO PIENSAN A PARAR ESTA LOCURA? Por Roberto Maturana La actividad parlamentaria sobre el sector pesquero solapadamente
profundiza la entrega de recursos nacionales que garantiza millones
de dólares a empresas pesqueras extranjeras, mixtas y nacionales
que desde Ménem-Solá a la fecha dominan el sector. Hoy
impulsan un proyecto de ley que no hace mas que facilitar otra caja
a Néstor Kirchner, ya que autoriza al poder ejecutivo a que “instaure
planes de reconversión y subsidios para desafectar y
desguazar a los buques congeladores o factorías que no tengan
permisos de pesca cuestionados o viciados de nulidad”. ¿Buques legales? El Consejo Federal Pesquero (CFP) y la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación (SAGPyA) dan por “legales” a todos los buques ilegales haciendo caso omiso a los informes solicitados al respecto a la UBA. El 24 de enero del 2001, el CFP en su ACTA Nº/2001, aprueba por unanimidad “el proyecto de Convenio de Asistencia Técnica entre la Facultad de Derecho de la UBA y la SAGPyA para la elaboración de un proyecto de acto administrativo revocatorio, o en su defecto el proyecto de demanda judicial para iniciar la acción de lesividad de aquellos permisos de pesca que se encuentren en infracción al régimen jurídico vigente conforme al informe final de auditoría que realizara dicha Facultad y la medida cautelar que en cada caso corresponda”. Entre los firmantes del acta se encuentra el entonces Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias de la Provincia de Santa Cruz, Gerardo Nieto que en ese momento también era consejero federal en representación de su provincia marítima. Este informe sobre las ilegalidades de buques que hoy siguen
pescando, desapareció el mismo luego que lo entregó la
UBA en tiempo y forma en el año 2002 al CFP. La entrega
se hizo dentro de las oficinas del CFP mientras los consejeros estaban
reunidos. Ese mismo día a pocas horas de ser entregado, fue robado.
Cabe aclarar que en las instalaciones de la SAGPyA donde opera el CFP,
la entrada y salida se realiza con la presentación de documentos,
hay policía… A la fecha no se conoce dónde fue radicada
la denuncia penal por el robo del informe ni —claro esta—,
las demandas judiciales para la acciones que el informe habilitaba. El contenido de informe de la UBA La Facultad de Derecho de la UBA, auditó todos los permisos de pesca preexistentes a la Ley Federal de Pesca Nº 24.922 de 1998 y los otorgados con posterioridad a la misma. Los permisos de pesca son otorgados por la Subsecretaría de Pesca, dependiente de la SAGPyA. La UBA analizó todos los expedientes e informes individuales de la Secretaría de cada permiso desde 1975. Listó buque por buque, con toda la información de cada uno y su número de expediente. En el informe consta que ha partir del tercer mes de trabajo “se suscitaron serias dificultades, las que oportunamente fueron puestas en conocimiento del CFP”, para auditar los permisos otorgados en el periodo 1991/2000 y aquellos otorgados en le marco de la ley Nº 24.315 que aprueba el acuerdo sobre relaciones en materia de pesca marítima celebrado con la Comunidad Económica Europea. El informe de la UBA auditó también los proyectos de pesca y transferencias de Permisos de Pesca. Del análisis de los expedientes y del estudio de los informes individuales surgen graves irregularidades cometidas por los funcionarios firmantes de la SAGPyA a favor de las empresas del sector. Transcribimos algunas: determinación arbitraria de antecedentes de captura a los fines de asignar cupos a las unidades reemplazantes; reemplazo de buques de bandera nacional con permisos para especies no excedentarias por buques comunitarios a los que se les otorga permiso para capturas de especies excedentarias; no renovación de la inscripción de un buque y si el otorgamiento de permisos de pesca; solicitud de renovación de permisos de pesca estando vencidos los mismos; renovación de permisos hallándose vencidos los certificados de seguridad de la navegación, de maquinas o de casco; transferencia de permisos falta de justificación de inactividad de buques; no se demuestra la participación en el capital social de la empresa destinataria del permiso, o del buque en los casos de transferencia del permiso de pesca; falta de presentación de certificados de clasificación de los buques pesqueros otorgados por una sociedad de clasificación acreditada; transferencias de proyectos cuando ello no estaba previsto normativamente; concesiones de prorroga invocando principio de ejecución del proyecto, sin fijar, ni mantener el criterio uniforme tendiente a dar sustento a tal decisión; utilización permanente de la figura de “complemento de capacidad de bodega”, no prevista normativamente, cuestión que dio lugar al desmesurado aumento del esfuerzo pesquero; otorgamiento de permisos provisorios bajo apercibimiento de caducidad en el caso de no presentarse el termino fijado la documentación exigida, sin que tal apercibimiento haya jamás operado debido a la inacción de la administración; reservas in eternum de permisos de unidades siniestradas o relictas; caducidad parcial de proyectos pesquero; adjuntar documentación en fotocopias simples sin autenticar; no se verifica cabalmente la acreditación de la capacidad técnica y económica para ejecutar el proyecto; falta de agregado de documentación y/o informes técnicos a los que se alude en las resoluciones y dictámenes; irregularidades que recaen sobre los procedimientos; otorgamiento de permisos de pesca definitivos aun pendiente el tramite de matriculación; formación irregular de expedientes en su orden cronológico; extensión bajo la forma de autorización para desarrollar sus tareas especificas comunicada a Prefectura, de permisos de pesca aun antes de su formal otorgamiento; dictámenes jurídicos previos emitidos respectos de proyectos de resoluciones que nos los anteceden en las actuaciones y que solo son citados en el mismo tramite o posterior. El informe contiene el detalle de cada buque y su situación de ilegalidad avalada por la firma de quiénes otorgaron los permisos. Ilegalidades perfectamente documentadas. El desaparecido informe concluye respecto a la acción de la
SAGPyA: “incumplimiento reiterado de disposiciones legales vigentes
en lo que respecta a la falta de adecuación normativa de los
procedimientos; falta de impulsión de oficio de los procedimientos;
adopción de decisiones en los expedientes que no se hallaban
en estado de resolución; interpretación parcializada del
régimen jurídico aplicable a la actividad; exceso en el
ejercicio de la competencia legalmente conferida por parte de los funcionarios
intervinientes; incumplimiento por parte de los funcionarios intervinientes
del ejercicio pleno de las atribuciones legalmente conferidas” El accionar de la SAGPyA En mayo del 2005, la SAGPyA a cargo de Gerardo Nieto en ese momento,
presentó ante el Juzgado del Dr. Martín Silva Garretón,
una acción declarativa de certeza en contra de la totalidad de
la flota pesquera nacional donde solicitaban a la magistratura que resuelva
“si las medidas de administración que para la especie en
emergencia merluza común dicta periódicamente dicha administración…
deben aplicarse efectiva e inmediatamente desde el momento de su adopción…”. Otros aspectos del proyecto de ley Inicia el proyecto en su 1º artículo declarando “la
emergencia pesquera para la especie merluza común (Merluccius
hubbsi) en los espacios marítimos regulados por el artículo
4 del Régimen Federal de Pesca, Ley 24.922, durante el plazo
de 2 años”. Estimados legisladores: hace 10 años
que la especie merluza común esta en emergencia, 10 años.
¿Qué ha cambiado para que ustedes supongan que la situación
de esta especie será revertida en dos años? ¿El
accionar del organismo de control? Reconoció que los dispositivos obligatorios para evitar capturar
juveniles que luego son arrojados al mar no se usaban, y también
reconoció que no había control sobre los buques. En su artículo 2º el DNU establece que “el Poder
Ejecutivo Nacional adoptará las normas que sean necesarias para
regular o prohibir la pesca de dicha especie, teniendo en cuenta la
preservación del recurso y, subsidiariamente, las consecuencias
sociales que pudieran derivarse” y que “durante la vigencia
de esta emergencia pesquera, quedan suspendidas todas las normas de
la Ley 24922 que se opongan a las disposiciones que se dicten en consecuencia”. Señores legisladores firmantes del proyecto: ¿quién les dio el borrador? Este proyecto de ley que subsidia delincuentes millonarios encima libera el mar de la protección que hasta hoy ha otorgado la ley de la nación a una especie sobreexplotada. El artículo tercero del proyecto reza: “El Consejo Federal Pesquero (CFP) a través del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) deberá realizar los estudios que permitan determinar las causales biológicas del deterioro actual de la especie”. Nunca leyeron los informes del INIDEP, además de desconocer los de la AGN. Ni conocen el estudio de la UBA. Los estudios no impiden la depredación, sino impedir que los delincuentes que firman permisos ilegales avalen la pesca ilegal amparada por los poderes de la Nación, que tienen todo los informes científicos, legales y técnicos, que demuestran el por qué de una emergencia de 10 años: la corrupción. Para vuestra información, año a año el INIDEP aconseja un máximo de captura de captura permisible de la especie merluza común, que evidentemente no se respeta, la sobreexplotación continua. En el último informe de la AGN hay un historial de la depredación que muestra las causas del estado actual del caladero, es corto, se lee en minutos… A los legisladores Quienes deberían reclamarle a los consejeros y secretarios por su accionar son las comisiones bicamerales de mayoría K, las cuales avalan con su silencio la depredación. Además van a premiar a quienes pescaron ilegalmente depredando todos estos años hasta llegar a poner en colapso el recurso merluza. El manejo de la caja pesquera para la compra de voluntades es tan grande como la impunidad que brinda la mayoría parlamentaria a los funcionarios que destrozan el futuro pesquero de la Argentina. Deberá la oposición parlamentaria iniciar acciones tendientes a impedir el voto a este tipo de leyes que son aberraciones jurídicas que impulsa una justicia absolutamente cooptada por la corrupción y el pago de favores políticos. La Argentina debe juzgar al Consejo Federal Pesquero en pleno como así también a los funcionarios pesqueros que emiten resoluciones internas SAGPyA con rango “superior a leyes” que violan de continuo. Nadie puede legalmente otorgar cuotas de captura a buques ilegales, pues la Ley de Procedimientos Administrativos lo prohíbe. En la Argentina sobran delincuentes muchos de ellos son funcionarios pesqueros los cuales son “pagos” por poderosos grupos empresarios y/o través de sus fundaciones… Mientras esta realidad cotidiana de corrupción K siga instalada en los sectores de poder y las bicamerales miren para otro lado, no hay posibilidad de reconstrucción de la Patria. Por ello serán juzgados todos y cada uno de los integrantes del CFP, pues el daño que ocasionaron durante años avalando una política pesquera depredatoria será justiciable cuándo retorne la Justicia al país.
Roberto Maturana http://www.hcdn.gov.ar/
trámite parlamentario 66, 12 junio 2009: |
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